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Reporte Laboral No.35 | Variación provisoria en el Seguro de Desempleo

1) VARIACIÓN PROVISORIA EN EL SEGURO DE DESEMPLEO

Para atender la situación de aquellos trabajadores que no cumplen con la totalidad de requisitos exigidos por la normativa para acceder al subsidio por desempleo. El MTSS resolvió un régimen más flexible, especial y provisorio.

Su vigencia es desde el 1° de abril hasta el 31 de mayo de 2020, amparando la suspensión total de tareas correspondiente a los meses de abril y mayo de 2020.

Las medidas incluyen a trabajadores con multiempleo, a quienes tengan entre 75 y 149 jornales, y a los que registren entre 3 y 5 meses de aportación al BPS en los últimos 12 meses.

Vea Resolución aquí

 

Por más información o asesoramiento contacte en nuestro Dpto. de Recursos Humanos y Relaciones Laborales: Lic. Javier Sosa a través del correo rrhh@estudiokaplan.com 

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