4) VENCIMIENTO: IMPUESTO AL PATRIMONIO 2020 (PF, NF Y SUC. IND.)
El 20 de mayo del 2021 es el vencimiento para el pago del impuesto al patrimonio de las personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas.
Dicho impuesto se configura cuando el patrimonio del contribuyente (valuado según normas fiscales), supera el mínimo no imponible al 31/12/2020.
MNI 2020: $ 4.937.000 para personas físicas, sucesiones indivisas y $ 9.874.000 para núcleos familiares.
El impuesto grava los activos ubicados en Uruguay y permite deducir como pasivo el promedio en el ejercicio de los saldos a fin de cada mes de algunas deudas contraídas en el país.
Dentro de los activos más comunes se encuentran: el dinero en efectivo, el dinero en cuentas bancarias, vehículos, inmuebles, créditos a cobrar, algunas inversiones, etc.
El patrimonio que exceda el MNI de cada categoría, estará gravado a una tasa del 0.20% hasta 1 x MNI y lo que exceda dicho importe estará gravado al 0.50%.
Cuando se configure impuesto a pagar por el 2020, se deberán hacer anticipos a cuenta del impuesto del 2021 por el mismo importe, venciendo en setiembre (20%), octubre (30%) y diciembre (50%).
Si estima que su patrimonio podría superar los importes mencionados, sugerimos se contacte con nosotros para determinar si debe presentar la declaración jurada y evitar sanciones.
Por más información contacte a nuestro Dpto de Consultoría e Impuestos: Cr. Guillermo Morelli o gmorelli@estudiokaplan.com a su profesional de referencia dentro de Estudio Kaplan.