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Reporte Tributario No.32 | Cambios en el Registro de Estados Contables ante la AIN

1) CAMBIOS EN EL REGISTRO DE ESTADOS CONTABLES ANTE LA AUDITORÍA INTERNA DE LA NACIÓN

El 9 de enero de 2020 se publicó el Decreto 403/019, que introduce modificaciones al Decreto Nº 156/016 del 30 de mayo de 2016, el cual reglamenta aspectos relativos al Registro de Estados Contables ante la Auditoría Interna de la Nación (AIN).

Con la nueva normativa, quedan incluidos como sujetos obligados las instituciones de asistencia médica privada de profesionales (IAMPP) para ejercicios iniciados a partir del 09/01/2020 y las sociedades por acciones simplificadas (SAS) para ejercicios cerrados a partir del 09/01/2020.

Anteriormente, una de las condiciones para quedar obligado a registrar los Estados Contables era que “los ingresos de sus actividades ordinarias” superen las 26.300.000 de Unidades Indexadas ($ 116.000.000 aprox.), por lo que existían ciertos ingresos que no eran considerados.

El Decreto 403/019 modifica la redacción del Art. 3, y para ejercicios cerrados a partir del 09/01/2020, se deberán considerar “los ingresos totales del estado de resultados, al cierre de cada ejercicio anual”.

Esto implica que una mayor cantidad de empresas deban registrar sus Estados Contables ante la AIN, por lo que sugerimos controlar cada cierre de ejercicio para evitar sanciones.

Contamos con un staff de profesionales especializado en la temática que puede asesorarle al respecto.

 

Por más información contacte al Cr. Guillermo Morelli a través del correo general: estudio@estudiokaplan.com