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Reporte Tributario No.24 | INCENTIVOS para “Empresa Nueva”, proyectos COMAP

2) INCENTIVOS PARA “EMPRESA NUEVA”, PROYECTOS COMAP – Decreto 143/018

El pasado 9 de setiembre, el Ministerio de Economía presentó un paquete de medidas que buscan reactivar la actividad económica. Se detallaron beneficios y estímulos para 14 sectores, ver aquí

Respecto de la medida N°12 referida a “Nuevos Emprendimientos” y a la luz del nuevo decreto 258/019, publicado el 12 de Setiembre pasado, resulta interesante repasar los incentivos vinculados a proyectos de inversión que obtienen las denominadas “Empresas Nuevas”.

Aquellas empresas nuevas, podrán utilizar la exoneración del IRAE obtenido en ocasión de la presentación de un proyecto de inversión, hasta en un 80% del IRAE a pagar de cada ejercicio. A diferencia de las empresas en marcha, las cuales pueden utilizar hasta un 60%.

Por otro lado, a la hora de calcular el plazo de dicho beneficio, se incrementará - dependiendo las condiciones del proyecto- el referido plazo.

Lo que el nuevo decreto amplió es el concepto de “empresa nueva”, a efectos de estos incentivos.

Mantiene el criterio de empresa nueva, ya expresado en el Decreto, definidas como aquellas empresas que no hayan tenido facturación en los últimos 3 ejercicios, y que no estén vinculadas con empresas que sí hayan tenido facturación en el período referido. A su vez, admite aplicar como “empresa nueva”, a unidades productivas creadas dentro de la misma, que hayan tenido ingresos operativos durante 3 ejercicios y presenten proyectos de inversión que cumplan en simultáneo con las siguientes condiciones:

Inversión en bienes muebles por un 100% del valor fiscal de bienes de igual naturaleza al cierre de ejercicio anterior y además que incrementen en un 50% el personal en relación de dependencia

No quedando comprendidas aquellas entidades con modificación en la titularidad de sus participaciones patrimoniales, cuando su propósito sea acceder a beneficios especiales.

A nuestro entender, las condiciones exigidas a aquellas empresas en marcha para aplicar a estos beneficios, son de carácter significativo a la hora de presentar un proyecto de inversión, no recibiendo un beneficio real importante, sino que únicamente modifica el aspecto temporal para utilizar los beneficios igualmente obtenidos sin aplicar por “Empresa Nueva”.

 

Por más información contacte al Cr. Agustín Rivero a través del correo general: estudio@estudiokaplan.com 

Contamos con un staff de profesionales especializado en Proyectos de Inversión que puede asesorarle al respecto.