4) AIN COMIENZA A FISCALIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LEY REFERIDA A LA IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO FISCAL DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS.
A partir del mes de agosto de 2019 la Auditoria interna de la Nación ha comenzado a fiscalizar el cumplimiento del capítulo II de la ley 19484, referido a la identificación del beneficiario final de las sociedades anónimas.
El procedimiento utilizado está siendo citar con día y horario especifico a los obligados a concurrir a la Auditoria Interna de la Nación a presentar la siguiente información requerida:
• Libro de Registro de Títulos Nominativos (para entidades emisoras de partes sociales nominativas).
• Libro de Registro de Asistencia a Asambleas de la sociedad, donde se haya registrado la asistencia a las asambleas celebradas desde el 09.01.2017 a la fecha.
• Libro de Actas de Directorio donde se hayan registrado las Actas desde el 09.01.2017 a la fecha.
• Libros de Acta/s de Asamblea/s Ordinaria/s donde se hayan registrado las Actas desde el 09.01.2017 a la fecha.
• Proyecto/s de Distribución de Utilidades en caso de que el/los mismo/s no conste/n en el Acta de Asamblea Ordinaria, de corresponder.
• Constancias de pagos de utilidades realizadas a partir del 09.01.2017 y la identificación de los destinatarios.
• Copia simple de los títulos accionarios o en su caso, copia de certificado de depósito que hubiere sido expedido en los términos del artículo 350 de la Ley Nº 16.060.
• Formulario/s A (para entidades con acciones al portador) y Formulario/s B correspondiente/s a la/s declaración/es jurada/s enviada/s al Banco Central del Uruguay (B.C.U.), acompañado/s de la certificación notarial de firmas.
• Documentación acreditante de los procedimientos efectuados por la entidad para la identificación de sus beneficiarios finales (arts. 23, 26 de la Ley 19.484 y art. 13 del Decreto 166/017), de corresponder.
Por más información contacte al Cr. Jorge Valdez a través del correo general: estudio@estudiokaplan.com