2) NUEVAS FACILIDADES PARA ACCEDER AL RÉGIMEN DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
DECRETO N°206/019 DEL 22 DE JULIO DE 2019
BENEFICIO
Crédito de hasta UI 80 ($322 para el año 2019) del costo de servicios mensuales contratados con el proveedor de facturación electrónica, el cual se hará efectivo de la siguiente manera:
• Quienes liquiden IVA podrán descontarlo de su liquidación de impuestos. Si resultara un excedente por este concepto el mismo podrá aprovechado en futuras liquidaciones o ser solicitando en forma de certificado de crédito para cubrir obligaciones con DGI o BPS.
• Quienes estén comprendidos en el régimen de “pequeña empresa” (contribuyentes Literal E) recibirán la factura de su proveedor con el descuento incluido.
SUJETOS COMPRENDIDOS
Podrán ampararse a este beneficio:
- Quienes inicien actividades en el ejercicio 2019.
- Pequeñas empresas (Literal E).
- Prestatarios de estos servicios cuyos ingresos en el ejercicio anterior hayan sido menores a UI 750.000.
PERÍODO DEL BENEFICIO
Los sujetos comprendidos podrán ampararse al beneficio por los servicios de facturación electrónica devengados entre el 1° de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021.
Por más información contacte al Cr. Piero de los Santos a través del correo general: