3) ¿HIZO SU LIQUIDACIÓN DE IRPF? ESTE MES VENCE LA PRIMERA CUOTA DEL SALDO (SI LE CORRESPONDE)
El próximo 26 de agosto es el último día para presentar la Declaración Jurada de IRPF correspondiente a:
• Los ingresos obtenidos como empleado de la/s empresa/s que trabaja.
• Los ingresos obtenidos por su actividad como empresa unipersonal (por ejemplo, profesionales).
• Los ingresos derivados por inversiones locales (por ejemplo, arrendamientos de inmuebles).
• Los ingresos percibidos del exterior (por ejemplo, intereses cobrados por una colocación en el exterior).
En caso que de la liquidación surja un saldo a pagar, el mismo se puede abonar en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimiento:
Nuestra firma cuenta con un staff de profesionales que puede asesóralo con su liquidación.
Por más información contacte a la Cra. Magalí Piastri a través del correo general: