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Reporte Laboral No.47 | Promoción del Empleo y Empleo Juvenil – Beneficios para empresas que contraten jóvenes de entre 15 y 29 años, personas mayores de 45 años y personas con discapacidad

1) PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y EMPLEO JUVENIL – BENEFICIOS PARA EMPRESAS QUE CONTRATEN JÓVENES DE ENTRE 15 Y 29 AÑOS, PERSONAS MAYORES DE 45 AÑOS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La ley 19.973 y el decreto 308/021 establecen nuevos programas de promoción del empleo que contienen incentivos económicos para las empresas participantes.

Aquellas que contraten trabajadores jóvenes, mayores de 45 años o con discapacidad en el marco de los programas establecidos en la ley, obtendrán subsidios destinados al pago de contribuciones especiales de seguridad social. Estos subsidios se harán efectivos a través de un crédito para cancelar obligaciones corrientes ante el Banco de Previsión Social (BPS). También podrán hacerse efectivos a través de cualquier otro organismo recaudador del Fondo de Reconversión Laboral.

Los requisitos que deben cumplir los empleadores para acceder a los beneficios son los siguientes:

Leer informe completo aquí.

 

Por más información o asesoramiento contacte en nuestro Dpto. de Recursos Humanos y Relaciones Laborales a: Lic. Dayhanna Sena a través del correo dayhanna@estudiokaplan.com

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