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Reporte Laboral No.46 | ¿Quiénes podrán tener devolución Fonasa por el año 2021?

3) ¿QUIÉNES PODRÁN TENER DEVOLUCIÓN FONASA POR EL AÑO 2021?

  • Trabajadores con ingresos promedio mensuales durante el 2020 sean superiores a $84.424 nominales.
  • Jubilados y pensionistas con ingresos promedio mensuales durante el 2020 sean superiores a $91.459 nominales

El cálculo de la Devolución Fonasa para cada contribuyente surge de comparar los aportes personales Fonasa realizados en el año (de enero a diciembre de 2020) con el valor de su tope anual Fonasa. 

En el siguiente link podrán acceder a la forma del cálculo de dicha devolución: https://www.bps.gub.uy/10576

¿Cómo consultar si corresponde devolución?

Fechas de pago

Los pagos se realizan a partir del 20 de setiembre del 2021, dependiendo del último digito del documento de identidad.

Podrán hacerlo presentándose con su cédula de identidad en Abitab, Redpagos, Anda, supermercados El Dorado o en el Edificio Sede del BPS en Montevideo (Colonia 1851, planta baja) en base al siguiente calendario:

Imagen eliminada. 

El 20 de septiembre cobran, además, quienes hayan optado en años anteriores por depósito en cuenta bancaria o instrumento de dinero electrónico (Midinero, DeAnda, Prex y OCA Blue).

En caso de fallecimiento del beneficiario, sus herederos podrán solicitar la liquidación a través de Haberes sucesorios.

 

Por más información contacte a nuestro Dpto de Consultoría e Impuestos: Clementina Estévez cestevez@estudiokaplan.com  ; Ma. Pia Montoro pmontoro@estudiokaplan.com y/o a su profesional de referencia dentro de Estudio Kaplan.

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