3) EXONERACIÓN DE APORTES JUBILATORIOS PATRONALES PARA EMPRESAS DE TRANSPORTE DE ESCOLARES Y PRESTADORES DEL SERVICIO DE CANTINAS ESCOLARES
A causa de la pandemia originada por el virus COVID-19, se determinó la suspensión de las clases presenciales en los centros educativos. Esto generó la suspensión de la actividad de las empresas que prestan servicios de traslado de escolares.
Por lo expuesto en el párrafo anterior, el Decreto 259/020 permite la exoneración de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social por el período 1º de abril de 2020 al 31 de marzo de 2021, a las empresas que tienen como finalidad única o predominante la prestación de servicios de transporte de escolares.
Además, el Poder Legislativo a instancias del Poder Ejecutivo aprobó la ley que exonera del pago de aportes patronales a los prestadores del servicio de cantinas escolares. El periodo es el mismo que el mencionado anteriormente.
Decreto asociado aquí.
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