
El 6 de noviembre pasado, se promulgó la Ley de Rendición de Cuentas del ejercicio 2022, la cual introduce modificaciones al Código de la Niñez y la Adolescencia, específicamente en lo que respecta a las medidas cautelares relacionadas con las pensiones alimenticias.
La nueva normativa presenta un conjunto de medidas cautelares, destacando una en particular que establece que, si el deudor alimentario no cumple con la prestación alimentaria, el Juez puede ordenar la suspensión de la licencia de conducir automotores por un período de hasta seis meses.
El propósito de esta medida es desincentivar el incumplimiento de las obligaciones alimentarias. Además, se suman a estas medidas otras disposiciones introducidas por la ley, como el cierre de fronteras y el embargo de bienes.
Cabe destacar que esta disposición entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024.
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