
El pasado 29 de setiembre el Poder Ejecutivo publicó el Decreto 319/022 en el cual se establece que los usuarios de Zonas Francas podrán celebrar acuerdos con su personal dependiente a los efectos de que puedan prestar servicios en la modalidad de teletrabajo exclusivamente desde su domicilio particular situado en territorio nacional.
A los efectos de que el personal dependiente pueda prestar servicios en la modalidad de teletrabajo, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Jornada laboral: se deberá cumplir con una jornada de tiempo completo, la cual no podrá ser menor a 25 horas semanales.
Presencialidad y teletrabajo:
- El 90% de los trabajadores en régimen de teletrabajo deberán desempeñar como mínimo un 60% de su horario mensual en modalidad presencial.
- El 10% restante quedará excluido de este requisito
- La sumatoria de horas presenciales cumplidas por la totalidad de los dependientes del usuario en un mes, no podrá ser inferior al 60% del total de la carga horaria total.
Plantilla usuarios Zonas Francas: la plantilla de personal dependiente deberá cumplir con un mínimo de 1.000 horas mensuales en la modalidad de trabajo presencial a los efectos de poder ampararse a la modalidad de teletrabajo.
Localización: el teletrabajo solo podrá ser realizado desde el domicilio particular del empleado situado en territorio nacional.
Exclusiones: no podrán teletrabajar aquellos dependientes que desarrollen directamente las actividades operativas de producción o fabriles, de distribución o logísticas. Adicionalmente, no podrán ampararse a la modalidad de teletrabajo aquellos trabajadores que desarrollen las actividades comerciales sustantivas previstas en el artículo 14 de la Ley 15.921, y a los que desarrollen las actividades excepcionales, auxiliares y complementarias.
Registros: los Desarrolladores deberán llevar un registro de los acuerdos suscritos entre los Usuarios de la Zona Franca que desarrollan y sus trabajadores dependientes, de acuerdo a las condiciones que establezca la Dirección Nacional de Zonas Francas.
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