
En el marco del desarrollo de nuevas inversiones en obras de construcción de inmuebles realizadas por empresas constructoras o promotoras y como forma de facilitar la inversión en dicha actividad, se determinó que, a los efectos de la adquisición de los inmuebles destinados a integrar el costo de la obra, será íntegramente deducible en el IRAE el valor fiscal de dichos inmuebles de acuerdo a las siguientes condiciones:
- Inmuebles adquiridos a partir del 1º de julio de 2007
- Siempre que la obra se inscriba ante el BPS a partir del 1º de setiembre de 2013
En suma, deja de aplicarse en forma definitiva la “regla candado” prevista para aquellos casos en los cuales los inmuebles no eran adquiridos a contribuyentes de IRAE.